- Aprueban estímulos para vehículos eléctricos, seguros obligatorios y revisión anual de tarifas
Morelia, Michoacán, 19 de junio de 2025.- El Congreso del Estado aprobó reformas significativas a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial de Michoacán de Ocampo, con el objetivo de modernizar el sistema de transporte público y fortalecer la seguridad vial en la entidad.
Entre las disposiciones avaladas por el Pleno de la 76 Legislatura, destacan la renovación vehicular obligatoria, la contratación de seguros de responsabilidad civil por daños a terceros, la revisión y actualización anual de tarifas, así como estímulos fiscales para concesionarios que utilicen vehículos eléctricos de producción nacional.
Durante la Sesión Ordinaria, las y los diputados determinaron establecer criterios técnicos para la gestión tarifaria, en concordancia con la Estrategia Nacional de Movilidad. Esta medida busca asegurar una valorización adecuada del servicio, mayor sostenibilidad y certidumbre tanto para usuarios como para concesionarios.
El dictamen, presentado por la Comisión de Movilidad y Comunicaciones, subraya que la transparencia en la fijación de tarifas es fundamental para fomentar una mejor planeación financiera y operativa del sistema de transporte.
Además, se refuerzan las obligaciones de los prestadores del servicio público de transporte, quienes deberán contratar obligatoriamente seguros de responsabilidad civil por daños a terceros, crear un fondo de garantía y contar con coberturas más amplias para enfrentar eventualidades y proteger a los usuarios.
En materia ambiental, la reforma contempla un estímulo fiscal del 100% en el pago de derechos por el otorgamiento de concesiones a unidades eléctricas nacionales, como parte de la Estrategia Nacional de Descarbonización. Esta medida busca acelerar la transición hacia una movilidad sustentable y libre de emisiones contaminantes.
También se establecen nuevos criterios para la antigüedad de las unidades. El artículo 188 estipula que los vehículos para transporte público masivo, semimasivo o por cable no deberán superar los 12 años de antigüedad al incorporarse, y deberán ser sustituidos antes de cumplir 12 años desde su fabricación. Para el transporte escolar especializado, el límite de antigüedad para su ingreso será también de 12 años, con sustitución obligatoria antes de los 13 años.
Estas reformas, detalló la Comisión dictaminadora, son el resultado de un proceso de Parlamento Abierto en el que se escucharon y valoraron las propuestas de usuarios, operadores y autoridades del sistema de transporte en Michoacán.
