Aumentan penas de prisión y multas; se tipifica la sustracción de animales domésticos
Morelia, Michoacán, 26 de noviembre de 2025.- En un paso significativo para la protección de los animales en la entidad, la Septuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformas que endurecen las penas por maltrato y crueldad animal, además de definir el delito de sustracción de animales domésticos y el maltrato animal equiparado. La propuesta fue impulsada por las comisiones unidas de Justicia, y de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente.
Las modificaciones al Código Penal y a la Ley de Derechos y Protección para los Animales de Michoacán reconocen que las especies no humanas tienen derechos vinculados a un ambiente sano, lo que llevó a las y los legisladores a reforzar el marco jurídico para actuar con mayor severidad frente a agresores.
Entre los actos ahora tipificados como maltrato o crueldad destacan: lesionar, herir, torturar o golpear a los animales; promover peleas; encadenarlos, enjaularlos o limitar su movilidad; cometer actos sexuales; así como abandonarlos en calles, carreteras, viviendas o edificios. Quien incurra en estas conductas estará obligado a la reparación del daño, que incluirá atención veterinaria y tratamientos en caso de que el animal sobreviva.
Con la reforma al Código Penal, las penas por crueldad animal quedan establecidas de tres a ocho años de prisión y de cien a quinientos días multa. Si las agresiones provocan sufrimientos graves o agonía prolongada antes de la muerte del animal, las sanciones aumentarán hasta en una mitad, y en una tercera parte más cuando el responsable sea servidor público.
El abandono también fue equiparado al delito de maltrato animal. Quienes dejen a un animal en situación de desamparo, ya sea en vía pública, zonas de riesgo o incluso en su propio domicilio, podrán recibir de dos a seis años de prisión y de treinta a trescientos días multa, con aumentos si la acción la comete un servidor público.
Asimismo, quedó tipificado el delito de sustracción de animales domésticos, que contempla castigos de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa para quien, sin consentimiento del propietario, sustraiga, oculte, retenga o traslade a un animal con la intención de causar daño.
Con estas reformas, el Congreso del Estado refuerza una política pública orientada a garantizar el bienestar animal y a sancionar con mayor firmeza cualquier acto de crueldad o abandono en Michoacán.
